Fundamento Legal

Artículos 113-E al 113-J de la Ley del ISR vigente.
El ISR se calcula aplicando la tasa correspondiente al monto de ingresos cobrados en el mes.

Tabla de Tasas ISR RESICO

Ingresos efectivamente cobrados en el mes Tasa ISR
Hasta $25,000 1.0%
Más de $25,000 y hasta $50,000 1.1%
Más de $50,000 y hasta $83,333.33 1.5%
Más de $83,333.33 y hasta $208,333.33 2.0%
Más de $208,333.33 y hasta $3,500,000 anuales 2.5%

Ejemplos de Cálculo

🔹 Ejemplo 1

Ingresos cobrados: $20,000

Cálculo: $20,000 × 1%

✅ ISR a pagar: $200

🔹 Ejemplo 2

Ingresos cobrados: $40,000

Cálculo: $40,000 × 1.1%

✅ ISR a pagar: $440

🔹 Ejemplo 3

Ingresos cobrados: $120,000

Cálculo: $120,000 × 2%

✅ ISR a pagar: $2,400

Consideraciones Importantes

  • Se consideran únicamente los ingresos efectivamente cobrados.
  • El ISR puede disminuirse con las retenciones de ISR que te hayan efectuado tus clientes (Personas Morales).
  • El impuesto se declara de forma mensual a más tardar el día 17 del mes siguiente.
  • Debes mantenerte dentro del límite de $3,500,000 de ingresos anuales para permanecer en RESICO.

Ejemplo Práctico: Desglose Completo

A partir de los datos de facturación cobrada en el mes, realizamos la interpretación y el cálculo exacto del impuesto.

📋 Datos Base (Cobrados)

Subtotal (ingresos cobrados) $262,368.97
IVA 16% $41,979.03
ISR retenido -$3,279.62
Total cobrado $301,068.39

🧮 Cálculo ISR RESICO

El ISR se determina sobre los ingresos efectivamente cobrados sin IVA.

✅ Base gravable: $262,368.97

Al encontrarse en el rango superior a $208,333.33 mensuales, corresponde una tasa del 2.5% conforme al artículo 113-E.

  • ISR causado ($262,368.97 × 2.5%) $6,559.22
  • Menos: ISR retenido -$3,279.62
  • ISR a cargo del mes $3,279.60